La tributación de las viviendas desocupadas en España

El presente trabajo pretende analizar la tributación de las viviendas desocupadas teniendo en cuenta que el derecho a una vivienda digna es uno de los derechos más elementales del ser humano, pese a no ser reconocido como derecho fundamental. En los últimos años, existen varias iniciativas legislati...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Candela Agulló, David
Tipo de recurso: tesis de maestría
Fecha de publicación:2018
País:España
Institución:Universidad Miguel Hernández de Elche
Repositorio:REDIUMH. Depósito Digital de la UMH
OAI Identifier:oai:dspace.umh.es:11000/25937
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/11000/25937
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Imputación
Viviendas desocupadas
vivienda vacía
recargo
IBI
Derecho
Vivienda digna
CDU::3 - Ciencias sociales
Descripción
Sumario:El presente trabajo pretende analizar la tributación de las viviendas desocupadas teniendo en cuenta que el derecho a una vivienda digna es uno de los derechos más elementales del ser humano, pese a no ser reconocido como derecho fundamental. En los últimos años, existen varias iniciativas legislativas cuyo objetivo es conseguir dar una salida a estas viviendas para favorecer el acceso de las mismas a los colectivos con mayores dificultades. Entre las herramientas con las que cuentan los poderes públicos para garantizar el derecho a la vivienda encontramos los recargos, los regímenes especiales (por ejemplo, el régimen especial de las entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas que regula importantes bonificaciones por dedicarse a dicha actividad) o impuestos que gravan adicionalmente los inmuebles desocupados. El objetivo de esta política fiscal es que el contribuyente que tenga una vivienda vacía ceda su uso a un tercero y se solucione, al menos parcialmente, el problema de la gente sin hogar o con problemas para poder independizarse. No obstante, estas medidas pueden chocar con derechos como el de la propiedad privada y principios como el de capacidad económica o justicia tributaria, por lo que existe un amplio debate doctrinal sobre la idoneidad de tales medidas fiscales. Asimismo, existen problemas técnicos a la hora de delimitar qué se entiende por vivienda desocupada lo que ha impedido, hasta la fecha, desarrollar el recargo de la cuota líquida del IBI sobre estas viviendas, aunque sí haya habido Comunidades Autónomas que hayan procedido a legislar sobre el concepto de 'vivienda desocupada o vacía'.