El procedimiento de modificación de la capacidad en España diez años después de la entrada en vigor de la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Diez años después de la entrada en vigor de la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en España, podemos afirmar dos ideas fundamentales respecto a la adaptación de su artículo 12 a nuestro Ordenamiento: 1º.- El procedimiento de incapacitación sigue estando formado...

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Detalhes bibliográficos
Autor: Botello Hermosa, Pedro Ignacio
Formato: artículo
Fecha de publicación:2018
País:España
Recursos:Universidad Pablo de Olavide (UPO)
Repositorio:RIO. Repositorio Institucional Olavide
Idioma:español
OAI Identifier:oai:rio.upo.es:10433/19594
Acesso em linha:https://hdl.handle.net/10433/19594
Access Level:acceso abierto
Palavra-chave:Discapacidad. Naciones Unidas
Procedimientos en materia de capacidad de las personas
Medidas de apoyo y asistencia
Curatela
Descrição
Resumo:Diez años después de la entrada en vigor de la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en España, podemos afirmar dos ideas fundamentales respecto a la adaptación de su artículo 12 a nuestro Ordenamiento: 1º.- El procedimiento de incapacitación sigue estando formado por las mismas figuras antes y después de la Convención. 2º.- El orden de preferencia de las figuras de protección cambió radicalmente, ya que tras la entrada en vigor de la Convención la curatela, casi inexistente hasta entonces, ha pasado a ser la figura preferente y la tutela, que antes de la Convención era la figura principal del procedimiento de incapacitación, se ha convertido en una institución totalmente residual.