La financiación de empresas en crisis

Aun cuando en el modelo español carecemos de fuentes estables de financiación de empresas en crisis al modo del "debtor in possesion" norteamericano, la reforma de la ley concursal 22/2003 en virtud de la ley 38/2011 ha perseguido propiciar la financiación pre y postconcursal de empresas e...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Pulgar Ezquerra, Juana
Tipo de recurso: informe técnico
Fecha de publicación:2011
País:España
Institución:Universidad Complutense de Madrid (UCM)
Repositorio:Docta Complutense
Idioma:español
OAI Identifier:oai:docta.ucm.es:20.500.14352/49065
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/20.500.14352/49065
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:347.7
Financiación
empresas en crisis
refinanciación
convenio
refinancing
Insolvency Agreements
Distressed Companies
Derecho mercantil
5605.03 Derecho Mercantil
Descripción
Sumario:Aun cuando en el modelo español carecemos de fuentes estables de financiación de empresas en crisis al modo del "debtor in possesion" norteamericano, la reforma de la ley concursal 22/2003 en virtud de la ley 38/2011 ha perseguido propiciar la financiación pre y postconcursal de empresas en crisis, analizándose en este trabajo el modelo norteamericano y las deficiencias que frente a este presenta el sistema español. ABSTRACT The Spanish Law traditionally had no instrument in order to ease the funding of distressed companies equivalent to the US Insolvency Law DIP. One of the purposes of the amendment made to the Spanish Insolvency Law 22/2003 by way of the Law 38/2011 is to facilitate this funding before bankruptcy or into the insolvency procedure itself. This paper focuses on the drawbacks of the US model in comparison to the Spanish Law new set of rules.