De la apropiación indebida a la administración desleal

La reforma del Código Penal resultante de la LO 1/2015, de 30 de marzo, se inserta en el largo proceso de reajuste punitivo entre las figuras de apropiación indebida y administración desleal, con el propósito de devolverlas a sus genuinas dimensiones típicas. La actual estructuración de la apropiaci...

Full description

Bibliographic Details
Author: Terrasa García, Antonio José
Format: article
Status:Published version
Publication Date:2016
Country:España
Institution:Universidad de las Islas Baleares
Repository:Biblioteca Digital de les Illes Balears
OAI Identifier:boletinJurisprudencia:Bajlib_2016_t017_381
Online Access:http://ibdigital.uib.es/greenstone/sites/oai-site/collect/boletinJurisprudencia/index/assoc/Bajlib_2/016_t017/_381.dir/Bajlib_2016_t017_381.pdf
http://ibdigital.uib.es/greenstone/library/collection/boletinJurisprudencia/document/Bajlib_2016_t017_381
Access Level:Open access
Keyword:Criminal law -- Interpretation and construction
Law
Description
Summary:La reforma del Código Penal resultante de la LO 1/2015, de 30 de marzo, se inserta en el largo proceso de reajuste punitivo entre las figuras de apropiación indebida y administración desleal, con el propósito de devolverlas a sus genuinas dimensiones típicas. La actual estructuración de la apropiación indebida registra el progreso del vector “apropiación”, consonante con el modelo alemán, frente al abuso de confianza inspirado en el modelo francés, con lo que esta figura cobra una dimensión axiológica que obligará a una esforzada delimitación frente a otros ilícitos civiles y penales en colindancia. Se implanta una figura general de administración desleal, que acabará con desconciertos y desajustes por la secular intromisión de la distracción de dinero en el inadecuado ámbito de la apropiación indebida, y que bajo la modalidad de abuso de funciones alumbra una figura de resultado lesivo con mayor amplitud del marco típico y equiparación punitiva a las demás figuras de similar carga antijurídica insertas en el Capítulo “De las defraudaciones”.