El incumplimiento de los deberes relacionados con la insolvencia a cargo de los administradores de sociedades de capital y su conexión con la responsabilidad por déficit concursal

[ES] Los administradores también deben observar, además, otros dos deberes específicos que se activan ante situaciones de déficit económico, con independencia de que la entidad se encuentre o no en insolvencia. Son obligaciones relacionadas con la convocatoria de la junta para acordar la disolución...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: González Orús Charro, Martín José
Tipo de recurso: capítulo de libro
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2023
País:España
Institución:Universidad de Salamanca (USAL)
Repositorio:GREDOS. Repositorio Institucional de la Universidad de Salamanca
OAI Identifier:oai:gredos.usal.es:10366/167706
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/10366/167706
Access Level:acceso embargado
Palabra clave:Administradores
Responsabilidad
Insolvencia
5605.08 Derecho Privado
Descripción
Sumario:[ES] Los administradores también deben observar, además, otros dos deberes específicos que se activan ante situaciones de déficit económico, con independencia de que la entidad se encuentre o no en insolvencia. Son obligaciones relacionadas con la convocatoria de la junta para acordar la disolución de la sociedad o, en su caso, se traducen en el deber de instar el concurso de aquélla. Sobre esta premisa, un incumplimiento de tales obligaciones acarreará importantes consecuencias de índole económico para el administrador; además, ante un eventual procedimiento concursal, se verá sometido a un examen de su actuación anterior al tiempo de la declaración de aquél y, si resultara declarada persona afectada por la calificación culpable del concurso, quedará expuesto a la asunción de otras sanciones y resarcimientos determinados por la normativa concursal.