¿Para qué necesitamos una coautoría imprudente?

Lo expuesto puede resumirse en las cinco consideraciones siguientes: 1. Como figura dogmática, se precisa de una coautoría imprudente para imputar el resultado típico también a aquéllos miembros de órganos colegiados que se pronuncian en sentido coincidente una vez alcanzada la mayoría necesaria, so...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Hoyer, Andreas
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2011
País:España
Institución:Universidad de Huelva (UHU)
Repositorio:Arias Montano. Repositorio Institucional de la Universidad de Huelva
Idioma:español
OAI Identifier:oai:dnet:ariasmontano::bbcbfb1b2991638640a42910d0fe11b5
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/10272/28380
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Concepto de autor
Delito imprudente
Coautoría imprudente
Täterbegriff
Fahrlässigkeitsdelikt
Fahrlässige Mittäterschaft
5605.05 Derecho Penal
Descripción
Sumario:Lo expuesto puede resumirse en las cinco consideraciones siguientes: 1. Como figura dogmática, se precisa de una coautoría imprudente para imputar el resultado típico también a aquéllos miembros de órganos colegiados que se pronuncian en sentido coincidente una vez alcanzada la mayoría necesaria, sobrecondicionando con ello, el resultado. 2. También en los casos que, en los supuestos de comisión dolosa, se entenderían como coautoría alternativa, se precisa la coautoría imprudente para poder imputar recíprocamente a los intervinientes sus conductas correspondientes. 3. Así como entre los coautores dolosos, también entre los coautores imprudentes debe adoptarse un acuerdo, que consiste en el compromiso recíproco de realización de acciones típicas ejecutivas – sólo que naturalmente, en el delito imprudente estas acciones ejecutivas sólo precisan ser imprudentes en relación con el resultado típico que originan las mismas. 4. Mediante el reconocimiento de una coautoría y autoría mediata imprudente se asocia un concepto restrictivo de autor también a los delitos imprudentes, el cual determina asimismo, que una intervención en el hecho calificable como mera participación resulte aquí – a diferencia de en los delitos dolosos – impune. 5. La extensión del sistema diferenciado de forma de intervención también, al delito imprudente funge, no sólo en algunos casos, extendiendo la responsabilidad, sino también, en otros limitando la misma. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------