La naturaleza jurídica de la monetización de la deducción por I+D+i y su aplicación en el marco del Concierto del País Vasco
El TS declaró la naturaleza tributaria de la monetización del IS y de esta premisa dedujo que la Diputación Foral de Guipúzcoa estaba obligada soportar, en virtud del Concierto Económico, la monetización por I+D+i establecida en la LIS a favor de los contribuyentes sometidos a su jurisdicción tribut...
| Autor: | |
|---|---|
| Tipo de recurso: | artículo |
| Fecha de publicación: | 2023 |
| País: | España |
| Institución: | Universidad de Navarra |
| Repositorio: | Dadun. Depósito Académico Digital de la Universidad de Navarra |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:dadun.unav.edu:10171/116977 |
| Acceso en línea: | https://hdl.handle.net/10171/116977 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Impuesto sobre Sociedades Concierto Económico Poder tributario Deducción por I+D+i Monetización Impuesto negativo Corporate Income Tax Monetization Deduction |
| Sumario: | El TS declaró la naturaleza tributaria de la monetización del IS y de esta premisa dedujo que la Diputación Foral de Guipúzcoa estaba obligada soportar, en virtud del Concierto Económico, la monetización por I+D+i establecida en la LIS a favor de los contribuyentes sometidos a su jurisdicción tributaria. Si desde una perspectiva formal compartimos la calificación del pago a los contribuyentes efectuada por el TS, no podemos decir lo mismo al analizar la medida desde el punto de vista material o sustantivo. Las conclusiones divergentes a las que conduce uno y otro enfoque obligan a seleccionar, de los dos, el más adecuado para determinar a quién corresponde soportar la monetización a la luz del Concierto Económico |
|---|