Crisis de pareja de hecho y animales de compañía. Sentencias en Cataluña, anteriores a la propuesta de reforma del Código Civil de 20 de abril de 2021
El objeto del presente comentario es analizar la Sentencia de 14 de marzo de 2018 del Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Barcelona y la Sentencia fecha 6 de noviembre de 2019 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 7 de Vilanova y la Geltrú, por ser ambas resoluciones judiciales dictadas...
| Autor: | |
|---|---|
| Tipo de recurso: | artículo |
| Fecha de publicación: | 2021 |
| País: | España |
| Institución: | Universitat Autònoma de Barcelona |
| Repositorio: | Dipòsit Digital de Documents de la UAB |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:ddd.uab.cat:244287 |
| Acceso en línea: | https://ddd.uab.cat/record/244287 https://dx.doi.org/urn:doi:10.5565/rev/da.578 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Companion animal Domestic animal Catalonian civil code Shared custody Sentient being Being endowed with special sensibility Sentience Autonomous region of catalonia Civil partnership Stable partnership Legislative proposal Legal status of animals Animal de compañía Animal doméstico Código civil de cataluña Tenencia compartida Ser sensible Ser dotado de especial sensibilidade Sentiencia Comunidad autónoma cataluña Pareja de hecho Pareja estable Proposición de ley Régimen jurídico animal |
| Sumario: | El objeto del presente comentario es analizar la Sentencia de 14 de marzo de 2018 del Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Barcelona y la Sentencia fecha 6 de noviembre de 2019 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 7 de Vilanova y la Geltrú, por ser ambas resoluciones judiciales dictadas en un procedimiento de juicio verbal tras la ruptura de pareja de hecho o pareja estable en los que el objeto de controversia es un animal de compañía, a los efectos de analizar el marco normativo aplicable en la Comunidad Autónoma de Cataluña así como determinar, si en ambos casos se ha atendido únicamente a la formulación negativa de que los animales no son cosas o, por el contrario, se ha atendido y reconocido específicamente la sentiencia a los animales de compañía y por ende, si ha influido dicha concepción para la resolución de ambos procedimientos. Ambas resoluciones son anteriores a la toma en consideración por parte del Pleno de los Diputados en su sesión de fecha 20 de abril de 2021, de la Proposición de Ley de modificación del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, sobre el régimen jurídico de los animales, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, publicada en el «BOCG. Congreso de los Diputados», serie B, núm. 157-1, de 26 de marzo de 2021. |
|---|