Aspectos del Derecho penal canónico. Antes y después del CIC de 1983

La reforma del Derecho penal canónico, cuyo fruto es el Libro VI del CIC de 1983, ha reducido el ámbito sometido a coacción, ha potenciado el recurso a la caridad y la equidad en la aplicación del Derecho, ha intentado compaginar la defensa del bien común con la tutela de los derechos subjetivo...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Bernal-Pascual, J. (José)|||/items/bf2b99a2-2ca2-4477-8a25-3a880352224a
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2009
País:España
Institución:Universidad de Navarra
Repositorio:Dadun. Depósito Académico Digital de la Universidad de Navarra
Idioma:español
OAI Identifier:oai:dadun.unav.edu:10171/36279
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/10171/36279
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Reforma del Derecho penal canónico
Magisterio definitivo
Delicta graviora
Reform of the Penal Canon Law
Definitive Magisterium
Descripción
Sumario:La reforma del Derecho penal canónico, cuyo fruto es el Libro VI del CIC de 1983, ha reducido el ámbito sometido a coacción, ha potenciado el recurso a la caridad y la equidad en la aplicación del Derecho, ha intentado compaginar la defensa del bien común con la tutela de los derechos subjetivos y ha facilitado los instrumentos para que la responsabilidad en el ejercicio de la potestad coactiva quede más repartida entre los gobiernos central y local. Las principales novedades legislativas después del CIC de 1983 se refieren a la recepción completa de las diversas formas de magisterio (motu proprio Ad tuendam Fidem) y han aclarado importantes cuestiones sobre la delimitación de los delicta graviora y la competencia sobre ellos (motu proprio Sacramentorum sanctitatis tutela). Las crisis padecidas recientemente por la Iglesia deberían mover a una toma de conciencia del papel que corresponde al Derecho penal canónico en la protección y defensa del bien común.