La Corte Mayor de Navarra en la Edad Media (1234-1511)
Se estudia el devenir del tribunal de la Cort, o Corte Mayor de Navarra, desde sus más incipientes orígenes en el siglo XIII, con su desgaje de la Curia Regis y su conformación como tribunal jurídicamente constituido, pasando por su primigenia regulación en el Fuero General de Navarra y su configura...
| Autor: | |
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2025 |
| País: | España |
| Institución: | Universidad Pública de Navarra |
| Repositorio: | Academica-e. Repositorio Institucional de la Universidad Pública de Navarra |
| OAI Identifier: | oai:academica-e.unavarra.es:2454/53569 |
| Acceso en línea: | https://hdl.handle.net/2454/53569 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Corte Mayor de Navarra Tribunales reales Justicia Edad Media Consejo Real Reino de Navarra Major Court of Navarre Royal courts Justice The Middle Ages Royal Council Kingdom of Navarre |
| Sumario: | Se estudia el devenir del tribunal de la Cort, o Corte Mayor de Navarra, desde sus más incipientes orígenes en el siglo XIII, con su desgaje de la Curia Regis y su conformación como tribunal jurídicamente constituido, pasando por su primigenia regulación en el Fuero General de Navarra y su configuración como tribunal supremo ordinario del reino. Para que esto aconteciera así, se considera clave, tanto los reformadores venidos de Francia como los navarros que fueron a estudiar a universidades galas e italianas, y que, a su regreso, trajeron consigo la cultura jurídica del ius commune. No obstante, todo empezó a cambiar a mediados del siglo xv, cuando un conjunto de reformas, implementadas en aras de modernizar la planta judicial navarra, acabó por erigir al Consejo Real como máxima instancia judicial del reino, donde el rey pasaba a administrar la justicia, quedando relegada la Corte Mayor a la primera instancia de la jurisdicción real para pleitos civiles y criminales, los cuales conocía en apelación de la jurisdicción ordinaria y de cuyas sentencias cabía súplica ante el Consejo. Así las cosas, todo lo acaecido adquiere una denotada relevancia, pues reconfigurada la planta judicial real navarra, sobrevino la conquista del reino de 1512. Sin embargo, el compromiso de Fernando el Católico de mantener el reino jurídica e institucionalmente intacto hizo que el modelo vigente en 1511 se proyectase en los siglos subsiguientes, hasta su desaparición en 1836 fruto de la irrupción del primer constitucionalismo español. |
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