El delito de corrupción deportiva : aspectos metodológicos, dogmáticos y político-criminales
El trabajo se centra en la radicalización de la lucha contra la corrupción, por medio del Derecho penal, operada por el art. 286 bis 4. del CP español; un nuevo enconamiento de la irrupción del Derecho penal en el ámbito deportivo. Esta opción político-criminal —fruto de un inverecundo populismo pun...
| Autores: | , |
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Fecha de publicación: | 2012 |
| País: | España |
| Institución: | Universidad de Huelva (UHU) |
| Repositorio: | Arias Montano. Repositorio Institucional de la Universidad de Huelva |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:ariasmontano.uhu.es:10272/10397 |
| Acceso en línea: | http://hdl.handle.net/10272/10397 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Corrupción Corrupción entre particulares Corrupción deportiva Apuestas deportivas |
| Sumario: | El trabajo se centra en la radicalización de la lucha contra la corrupción, por medio del Derecho penal, operada por el art. 286 bis 4. del CP español; un nuevo enconamiento de la irrupción del Derecho penal en el ámbito deportivo. Esta opción político-criminal —fruto de un inverecundo populismo punitivo— se concreta en una infracción carente del mínimo fundamento requerido para justificar el recurso a la justicia penal y a la técnica legislativa que le es propia. Ello la hace inválida, en sentido técnico-jurídico. En tales condiciones el precepto concita todos los fantasmas del Derecho penal simbólico y de la aplicación oportunista de la Justicia penal, tan característicos de las nuevas formas de criminalidad en el Derecho penal del espectáculo. Presumiblemente, se frustrarán rápidamente las elevadas y vacuas expectativas que lo rodean. Metodológicamente, el análisis dogmático de este precepto se lleva a cabo tomando en consideración: la ausencia de un bien jurídico; el papel central que desempeña la finalidad típica de predeterminar los resultados deportivos; la autonomía del precepto respecto de otras formas de corrupción; y el reconocimiento de las dos figuras que la integran. |
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