La tutela transfronteriza de los derechos de la personalidad en la Unión Europea

Los litigios transfronterizos sobre vulneración de los derechos de la personalidad plantean importantes cuestiones jurídicas tanto en lo que respecta a la competencia internacional como al Derecho aplicable. La exclusión de esta materia del ámbito de aplicación del Reglamento Roma II relativo a la l...

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Detalhes bibliográficos
Autor: Cedeño Hernán, Marina
Formato: artículo
Fecha de publicación:2021
País:España
Recursos:Universidad Complutense de Madrid (UCM)
Repositorio:Docta Complutense
Idioma:español
OAI Identifier:oai:docta.ucm.es:20.500.14352/111959
Acesso em linha:https://hdl.handle.net/20.500.14352/111959
Access Level:acceso abierto
Palavra-chave:Competencia internacional
Derechos de la personalidad
Reglamento Bruselas I bis
Reglamento Roma II
Derecho
56 Ciencias Jurídicas y Derecho
Descrição
Resumo:Los litigios transfronterizos sobre vulneración de los derechos de la personalidad plantean importantes cuestiones jurídicas tanto en lo que respecta a la competencia internacional como al Derecho aplicable. La exclusión de esta materia del ámbito de aplicación del Reglamento Roma II relativo a la ley aplicable a las obligaciones extracontractuales confiere a la determinación de la competencia internacional una especial relevancia. El apartado 2 del artículo 7 del Reglamento Bruselas I bis establece una regla especial de competencia en materia delictual o cuasi delictual, en favor del Estado en cuyo territorio se haya producido o se pueda producir el daño. La determinación de ese lugar no siempre resulta sencilla, en especial si el medio utilizado para la lesión del derecho de la personalidad es internet. En el presente trabajo se analiza la prolífica y, a veces, controvertida jurisprudencia del TJUE sobre la determinación del lugar del daño ex artículo 7.2 del Reglamento Bruselas I bis y los nuevos criterios de competencia internacional creados por el Tribunal.