Principio de precaución. Seguridad alimentaria y delito

[ES] La aparición de nuevos riesgos asociados al progreso científico y tecnológico plantea importantes desafíos al Derecho penal. Los consumidores se sienten inseguros y reclaman a los poderes públicos seguridad en todos los ámbitos y a todos los niveles. La consecución de la ansiada seguridad, aunq...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: García Alfaraz, Ana Isabel
Tipo de recurso: libro
Estado:Versión borrador
Fecha de publicación:2022
País:España
Institución:Universidad de Salamanca (USAL)
Repositorio:GREDOS. Repositorio Institucional de la Universidad de Salamanca
OAI Identifier:oai:gredos.usal.es:10366/161908
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/10366/161908
Access Level:acceso embargado
Palabra clave:Derecho penal
Principio de precaución
Seguridad alimentaria
Riesgo
56 Ciencias Jurídicas y Derecho
5605.05 Derecho Penal
Descripción
Sumario:[ES] La aparición de nuevos riesgos asociados al progreso científico y tecnológico plantea importantes desafíos al Derecho penal. Los consumidores se sienten inseguros y reclaman a los poderes públicos seguridad en todos los ámbitos y a todos los niveles. La consecución de la ansiada seguridad, aunque ésta sea simbólica, implica intervenir cuando el daño no se ha producido, o incluso cuando éste se desconoce, pero no se puede descartar, yendo, por tanto, más allá de la prevención. En este escenario, el principio de precaución se presenta como un instrumento idóneo para afrontar los supuestos de eventuales daños graves o irreversibles en un contexto de incertidumbre científica. Sin embargo, su incorporación al Derecho penal constituye un auténtico reto. En esta monografía se analizan las implicaciones del traslado del principio de precaución en las categorías dogmáticas y en los principios informadores del Derecho penal, con especial referencia a los delitos de fraude alimentario nocivo, y se presenta una propuesta dirigida a evitar la aplicación indiscriminada del principio de precaución, estableciendo requisitos adicionales o cautelas previas a la incorporación del principio de precaución al Derecho penal.