Los distintos efectos de la institución de la kafala

Conformidad a derecho de la denegación de concesión de visado para reagrupación familiar para una menor marroquí, solicitado por su tía al no considerarse esta su representante legal. Supuesto en que los padres biológicos entregan al hijo menor en kafala -institución que permite que un menor se bene...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Moreno Sánchez-Moraleda, Ana
Tipo de recurso: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2012
País:España
Institución:Universidad de Sevilla (US)
Repositorio:idUS. Depósito de Investigación de la Universidad de Sevilla
OAI Identifier:oai:idus.us.es:11441/51202
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/11441/51202
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Kafala
Efectos de la kafala
Reagrupamiento familiar
Validity of the kafala
Familiar regrouping
Descripción
Sumario:Conformidad a derecho de la denegación de concesión de visado para reagrupación familiar para una menor marroquí, solicitado por su tía al no considerarse esta su representante legal. Supuesto en que los padres biológicos entregan al hijo menor en kafala -institución que permite que un menor se beneficie de los cuidados materiales y de la educación que le proporciona una familia de acogida según la ley islámica-. Es condición necesaria que el reagrupante del menor ostente de forma inequívoca dicha representación. Si el menor se encuentra bajo la patria potestad de sus padres biológicos o adoptivos, viviendo uno o ambos y no existiendo declaración judicial de desamparo, procede la denegación de dicho visado, siendo insuficiente a estos efectos la presentación del documento kafala. Ello no significa la total falta de validez de la kafala debidamente constituida en Marruecos, pues la propia Administración admite que puede ser eficaz en programas de desplazamiento temporal de menores, siempre que concurran las demás condiciones legalmente exigibles, por lo que cabría el visado de estancia de menor con fines de escolarización, tratamiento médico o disfrute de vacaciones cuando la estancia no corra a cargo de quien ejerza su patria potestad.