El Derecho francés y español frente a la violencia ejercida contra las mujeres en el ámbito sentimental. Estudio crítico de Derecho comparado

En Europa, la violencia contra las mujeres se ha convertido en un problema de gran calado. Hallar un tratamiento jurídico a la altura de su magnitud supone un desafío irresuelto. De ello da muestra la heterogeneidad de regulaciones penales, algunas más garantistas que otras. Mientras que legislacion...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autores: Brox Sáenz De La Calzada, Alicia Ginebra, Gil Ruiz, Juana Maria, Picontó Novales, María Teresa
Tipo de recurso: tesis de maestría
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2022
País:España
Institución:Universidad de Zaragoza
Repositorio:Zaguán. Repositorio Digital de la Universidad de Zaragoza
OAI Identifier:oai:zaguan.unizar.es:145225
Acceso en línea:http://zaguan.unizar.es/record/145225
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:derecho penal
filosofía del derecho
derecho comparado
sociología jurídica
Descripción
Sumario:En Europa, la violencia contra las mujeres se ha convertido en un problema de gran calado. Hallar un tratamiento jurídico a la altura de su magnitud supone un desafío irresuelto. De ello da muestra la heterogeneidad de regulaciones penales, algunas más garantistas que otras. Mientras que legislaciones como la española reconocen las especificidades discriminatorias subyacentes, otras, como la francesa, intentan mantener la fidelidad a la neutralidad normativa desde un enfoque que equipara en su tutela a hombres y mujeres. Esta tesis doctoral, titulada El Derecho francés y español frente a la violencia ejercida contra las mujeres en el ámbito sentimental. Estudio crítico de Derecho comparado, pretende analizar de qué manera el género puede actuar en el Derecho penal como un catalizador de la igualdad real mediante el reconocimiento de unas víctimas particulares. Se trata, en términos concretos, de determinar su función y su sentido y hasta qué punto resulta oportuno revisar la legislación en el marco de la aplicación del Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica, que invita a los Estados signatarios, Francia y España en el caso que nos ocupa, a introducir la perspectiva de género en la elaboración de medidas penales contra la violencia sexista.<br />Los resultados obtenidos evidencian que la falta de dispositivos transversales y comprometidos con el contexto discriminatorio inhibe en el sistema jurídico buena parte del potencial transformador de las reformas adoptadas tras el citado Convenio, carentes en su mayoría de visión de conjunto. Las leyes integrales y generoespecíficas actúan, en cambio, como un factor de sensibilización y transformación social, encauzando el sentido de las nuevas implementaciones y dotando de coherencia al conjunto del sistema jurídico.<br />En suma, la decisión de luchar consecuentemente contra las violencias machistas no depende tanto de la existencia de un sinfín de instrumentos punitivos dispersos como de la voluntad de crear legislaciones adaptadas a sus especificidades, asumiendo en la medida de lo posible que el Derecho, como el género, son dos herramientas complementarias que pueden contribuir a remodelar las bases de una justicia social comprometida con los retos de las democracias avanzadas.<br />