La consulta pública previa del artículo 133 lpacap en la elaboración de normas reglamentarias de las universidades
La introducción en la Ley 39/2015 del trámite de consulta previa en el procedimiento de elaboración de normas reglamentarias presenta un buen número de interrogantes al respecto de su aplicación a las universidades públicas, empezando por la propia aplicabilidad del trámite a estas instituciones. Se...
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2022 |
| País: | España |
| Institución: | Varias* (Consorci de Biblioteques Universitáries de Catalunya, Centre de Serveis Científics i Acadèmics de Catalunya) |
| Repositorio: | Recercat. Dipósit de la Recerca de Catalunya |
| OAI Identifier: | oai:recercat.cat:10256/28213 |
| Acceso en línea: | http://hdl.handle.net/10256/28213 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Universitats -- Reglaments Universities and colleges -- Regulations |
| Sumario: | La introducción en la Ley 39/2015 del trámite de consulta previa en el procedimiento de elaboración de normas reglamentarias presenta un buen número de interrogantes al respecto de su aplicación a las universidades públicas, empezando por la propia aplicabilidad del trámite a estas instituciones. Se presentan diversas cuestiones relativas a la concreción del procedimiento de consulta que no quedan resueltas mediante lo previsto en el articulado del texto legal; aspectos como su contenido y alcance, su duración, los límites en las excepciones a su aplicación, las consecuencias de no llevarla a cabo o la necesidad de dar respuesta o no a las aportaciones recibidas durante el trámite, cuestiones que dan pie a incertidumbres necesitadas de clarificación. A ellas se suman las dudas que la STC 55/2018 provoca sobre su ámbito de aplicación. En el texto se procura contribuir a dar respuesta a estos interrogantes |
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