Videovigilancia laboral y derecho fundamental a la protección de datos
La Sentencia del Tribunal Constitucional 39/2016 contiene un nuevo pronunciamiento sobre la videovigilancia en el ámbito laboral. Partiendo de esta resolución, se analiza el derecho fundamental a la protección de datos personales. En el ámbito laboral, se abandona definitivamente la doctrina de la p...
| Autor: | |
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2017 |
| País: | España |
| Institución: | Universidad de Sevilla (US) |
| Repositorio: | idUS. Depósito de Investigación de la Universidad de Sevilla |
| OAI Identifier: | oai:idus.us.es:11441/149537 |
| Acceso en línea: | https://hdl.handle.net/11441/149537 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Protección de datos personales Intimidad Videovigilancia laboral Personal data protection Privacy Workplace video surveillance |
| Sumario: | La Sentencia del Tribunal Constitucional 39/2016 contiene un nuevo pronunciamiento sobre la videovigilancia en el ámbito laboral. Partiendo de esta resolución, se analiza el derecho fundamental a la protección de datos personales. En el ámbito laboral, se abandona definitivamente la doctrina de la protección de la intimidad. Sin embargo, surgen nuevas cuestiones en relación con el derecho a la protección de datos en los supuestos de videovigilancia. Esta sentencia supone un cambio en la doctrina que hasta el momento había mantenido el Tribunal Constitucional en la STC 29/2013. |
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