La poco feliz idea (y realidad) de objetivar nuestro recurso de amparo
RESUMEN. Los Tribunales Constitucionales han incidido de manera decisiva en la realidad constitucional. El más alto tribunal hace valer los Derechos fundamentales de los ciudadanos frente al Estado por medio de su jurisprudencia; Derechos Fundamentales que constituyen el sistema de valores en orden...
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| Formato: | artículo |
| Fecha de publicación: | 2012 |
| País: | España |
| Recursos: | Universidad de Cantabria (UC) |
| Repositorio: | UCrea Repositorio Abierto de la Universidad de Cantabria |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.unican.es:10902/4507 |
| Acesso em linha: | http://hdl.handle.net/10902/4507 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palavra-chave: | Derechos fundamentales Tribunales constitucionales Jurisdicción constitucional Recurso de amparo Admisión a trámite del recurso de amparo Incidente de nulidad de actuaciones Fundamental rights Constitutional courts Constitutional jurisdiction Amparo appeals Admission process of amparo appeals Motion for dismissal of judicial proceedings |
| Resumo: | RESUMEN. Los Tribunales Constitucionales han incidido de manera decisiva en la realidad constitucional. El más alto tribunal hace valer los Derechos fundamentales de los ciudadanos frente al Estado por medio de su jurisprudencia; Derechos Fundamentales que constituyen el sistema de valores en orden a la pervivencia de la Comunidad política. En España, era poco probable la rápida imposición de los Derechos fundamentales sin la privilegiada garantía de un Tribunal Constitucional comprometido ante la nueva Constitución. La reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional español operada por la Ley Orgánica 6/2007, pretendía, entre otras cosas, acabar con el colapso que el Recurso de amparo ha ocasionado en el Tribunal Constitucional. Para solucionar esta situación, el Legislador ha adoptado una serie de reformas. Se analizan así críticamente las dos reformas fundamentales que fi nalmente se adoptaron por el Legislador operadas por la Ley Orgánica 6/2007 y su pertinencia para el fi n perseguido: la admisión del recurso de amparo y el incidente de nulidad de actuaciones. |
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