Los fraudes a la predeterminación legal de los órganos jurisdiccionales
A pesar del reconocimiento realizado en el artículo 24 de la Constitución al derecho al juez ordinario predeterminado por la ley, con demasiada frecuencia se producen ataques al mismo. El contenido esencial del derecho no sólo implica la existencia de una norma legal para la creación de un órgano ju...
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2023 |
| País: | España |
| Institución: | Varias* (Consorci de Biblioteques Universitáries de Catalunya, Centre de Serveis Científics i Acadèmics de Catalunya) |
| Repositorio: | Recercat. Dipósit de la Recerca de Catalunya |
| OAI Identifier: | oai:recercat.cat:2445/207656 |
| Acceso en línea: | https://hdl.handle.net/2445/207656 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Independència judicial Jutges Administració de justícia Imparcialitat Tribunals Igualtat davant la llei Judicial independence Judges Administration of justice Fairness Courts Equality before the law |
| Sumario: | A pesar del reconocimiento realizado en el artículo 24 de la Constitución al derecho al juez ordinario predeterminado por la ley, con demasiada frecuencia se producen ataques al mismo. El contenido esencial del derecho no sólo implica la existencia de una norma legal para la creación de un órgano jurisdiccional, sino que ademásabarca necesariamente otros elementos para que el derecho despliegue todo su campo de actuación. Así pues, el derecho al juez ordinario predeterminado por la ley debe incluir tambiénla determinación genérica y apriorística de la competencia, así como la predeterminación legal de las normas de composición del órgano. Estos tres últimos aspectos son los que se consideran en este trabajo para poner de manifiesto el número sorprendente de situaciones en que la jurisdicción y competencia de los jueces intenta ser manipulada. En concreto, se detallan las maniobras sospechosas enfocadas directa o indirectamente a falsear el contenido de esas tres garantíasen loscuarenta años de la existencia del derecho en la Constitución. Paralelamente se da cuenta de la jurisprudencia constitucional y europea sobre las tres garantías, siendo particularmente desconocida esta última, la del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Con todo ellose intenta contribuir ala preservación de la independencia real de nuestros órganos jurisdiccionales. |
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