Los fraudes a la predeterminación legal de los órganos jurisdiccionales

A pesar del reconocimiento realizado en el artículo 24 de la Constitución al derecho al juez ordinario predeterminado por la ley, con demasiada frecuencia se producen ataques al mismo. El contenido esencial del derecho no sólo implica la existencia de una norma legal para la creación de un órgano ju...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Cano Fernández, Sonia
Tipo de recurso: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2023
País:España
Institución:Varias* (Consorci de Biblioteques Universitáries de Catalunya, Centre de Serveis Científics i Acadèmics de Catalunya)
Repositorio:Recercat. Dipósit de la Recerca de Catalunya
OAI Identifier:oai:recercat.cat:2445/207656
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/2445/207656
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Independència judicial
Jutges
Administració de justícia
Imparcialitat
Tribunals
Igualtat davant la llei
Judicial independence
Judges
Administration of justice
Fairness
Courts
Equality before the law
Descripción
Sumario:A pesar del reconocimiento realizado en el artículo 24 de la Constitución al derecho al juez ordinario predeterminado por la ley, con demasiada frecuencia se producen ataques al mismo. El contenido esencial del derecho no sólo implica la existencia de una norma legal para la creación de un órgano jurisdiccional, sino que ademásabarca necesariamente otros elementos para que el derecho despliegue todo su campo de actuación. Así pues, el derecho al juez ordinario predeterminado por la ley debe incluir tambiénla determinación genérica y apriorística de la competencia, así como la predeterminación legal de las normas de composición del órgano. Estos tres últimos aspectos son los que se consideran en este trabajo para poner de manifiesto el número sorprendente de situaciones en que la jurisdicción y competencia de los jueces intenta ser manipulada. En concreto, se detallan las maniobras sospechosas enfocadas directa o indirectamente a falsear el contenido de esas tres garantíasen loscuarenta años de la existencia del derecho en la Constitución. Paralelamente se da cuenta de la jurisprudencia constitucional y europea sobre las tres garantías, siendo particularmente desconocida esta última, la del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Con todo ellose intenta contribuir ala preservación de la independencia real de nuestros órganos jurisdiccionales.