La libertad condicional (o lo que queda de ella) tras diez años de reforma

La reforma que la LO 1/2015 operó sobre la libertad condicional no tuvo que haberse producido nunca, tal y como ya sospechábamos de forma anticipada antes de que el legislador tuviera a bien convertirla en una forma de suspensión de condena sinsentido. Diez años después, confirmamos que la academia...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Delgado Carrillo, Laura
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2025
País:España
Institución:Universidad Pablo de Olavide (UPO)
Repositorio:RIO. Repositorio Institucional Olavide
Idioma:español
OAI Identifier:oai:rio.upo.es:10433/24847
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/10433/24847
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Libertad condicional
Suspensión de la pena
Régimen abierto
Prisión comunitaria
Resocialización
Parole
Suspension of sentence
Open regime
Community prison
Resocialization
Descripción
Sumario:La reforma que la LO 1/2015 operó sobre la libertad condicional no tuvo que haberse producido nunca, tal y como ya sospechábamos de forma anticipada antes de que el legislador tuviera a bien convertirla en una forma de suspensión de condena sinsentido. Diez años después, confirmamos que la academia estaba en lo cierto al presuponer que el cambio operado se traduciría en una herida de muerte para esta institución, que ha dejado de ser la forma preferible de extinción de las condenas pese a ser la que ofrece un mayor potencial resocializador: el licenciamiento en tercer grado –y, especialmente, en su modalidad de cumplimiento telemático– se ha convertido en la nueva predilección de los penados que aspiran a extinguir sus responsabilidades penales evitando a toda costa los peligros e incertezas del –ya no tan– nuevo régimen de libertad condicional.