La exoneración del pasivo insatisfecho: la problemática respecto a la vivienda habitual

En septiembre se ha modificado el TRLC estableciendo un nuevo régimen de exoneración del pasivo insatisfecho, convirtiéndolo en un derecho del deudor persona física. Por primera vez se va a poder solicitar el perdón de las deudas sin necesidad de liquidar previamente el patrimonio del deudor. Esto e...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Jiménez Gómez, Alicia
Tipo de recurso: tesis de maestría
Fecha de publicación:2023
País:España
Institución:Universidad de Valladolid
Repositorio:UVaDOC. Repositorio Documental de la Universidad de Valladolid
OAI Identifier:oai:uvadoc.uva.es:10324/60276
Acceso en línea:https://uvadoc.uva.es/handle/10324/60276
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Deudor
Concurso de acreedores
5605.03 Derecho Mercantil
Descripción
Sumario:En septiembre se ha modificado el TRLC estableciendo un nuevo régimen de exoneración del pasivo insatisfecho, convirtiéndolo en un derecho del deudor persona física. Por primera vez se va a poder solicitar el perdón de las deudas sin necesidad de liquidar previamente el patrimonio del deudor. Esto es un gran avance para el tema que nos ocupa dado que existía una gran problemática en torno a la vivienda habitual del concursado. En principio no había forma de salvar de la liquidación esta vivienda, hasta que los Jueces de Barcelona establecieron una serie de criterios para dejarla al margen. Por lo que parece que el legislador por fin ha establecido las bases legales para que los deudores no tengan que perder su vivienda. Como veremos en este dictamen, no es todo tan sencillo y aun así el régimen actual no establece la seguridad jurídica que se venía reclamando en torno a esta cuestión.