La Audiencia Nacional declara que la Inspección realiza una interpretación del concepto de residencia contraria a la Directiva europea, sin que para alcanzar esta conclusión sea necesario plantear cuestión prejudicial ante el Tribunal de Luxemburgo. Comentario a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional (Sección Segunda), de 25 de noviembre de 2010, nº de recurso 331/07, ponente Iltmo. Sr. Don Francisco José Navarro Sanchís.

El trabajo comenta una sentencia de la Audiencia Nacional que pone de manifiesto cómo la inspección tributaria aplicó una cláusula antifraude fuera de su contexto, para eliminar la exención que corresponde a los dividendos en la Ley del Impuesto sobre la Renta de No residentes. Decide que no hace fa...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Puebla Agramunt, Nuria
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2011
País:España
Institución:Universidad a Distancia de Madrid (UDIMA)
Repositorio:udiMundus. Repositorio Institucional de la Universidad a Distancia de Madrid
OAI Identifier:oai:udimundus.udima.es:20.500.12226/3081
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/20.500.12226/3081
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:residencia fiscal
Audiencia Nacional
Directiva europea
cuestión prejudicial
inspección tributaria
Descripción
Sumario:El trabajo comenta una sentencia de la Audiencia Nacional que pone de manifiesto cómo la inspección tributaria aplicó una cláusula antifraude fuera de su contexto, para eliminar la exención que corresponde a los dividendos en la Ley del Impuesto sobre la Renta de No residentes. Decide que no hace falta plantear cuestión prejudicial ante el TJUE y anula la decisión administrativa