Reflexión ético-legal sobre la objeción de conciencia del personal sanitario en España

La objeción de conciencia es una cuestión de gran utilidad para ejercitar la praxis jurídica en la delicada tarea de bosquejar la propia conciencia, ante la cual el Tribunal Constitucional ha ido evolucionando, en la medida en que iban surgiendo problemas e interrogantes en los diferentes casos que...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Delgado de la Rosa, Juan Antonio
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2020
País:España
Institución:Universidad de Alcalá (UAH)
Repositorio:e_Buah Biblioteca Digital Universidad de Alcalá
Idioma:español
OAI Identifier:oai:ebuah.uah.es:10017/48348
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/10017/48348
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Conciencia
Ordenamiento jurídico
Derechos fundamentales
Acción de conciencia
Conscience
Legal system
Fundamental rights
Conscientious action
Ciencias jurídicas
Derecho
Law
Descripción
Sumario:La objeción de conciencia es una cuestión de gran utilidad para ejercitar la praxis jurídica en la delicada tarea de bosquejar la propia conciencia, ante la cual el Tribunal Constitucional ha ido evolucionando, en la medida en que iban surgiendo problemas e interrogantes en los diferentes casos que se iban presentando. Comenzó en España con los planteamientos de objeción de conciencia sobre el servicio militar obligatorio, posteriormente sobre el aborto, después sobre cuestiones fiscales, educativas. En la actualidad, muchos aspectos desde las claves bioéticas, del bioderecho, la biotecnología y desde la bioteología (pluralidad religiosa, radicalizaciones religiosas, transhumanismo deshumanizado), van viendo la luz y por tanto requieren una visión en profundidad. Por descontado que en el ámbito sanitario hay un campo inmenso y por desentrañar: la píldora poscoital, las últimas voluntades, la eutanasia, las pruebas genetistas. El Tribunal Constitucional proporciona a cada caso de objeción de conciencia una sentencia determinada, ya que ninguna situación es igual y por tanto podemos decir que el Alto Tribunal: “Enfatiza que el problema no es la conformidad de la solución jurídica con las convicciones o creencias actuales, que es a lo que se puede llamar actualidad, sino conformidad con la Constitución”.