Un límite al poder autorregulador de Autocontrol de la Publicidad: La sentencia de la Audiencia de Madrid de 24 de mayo de 2004.
El artículo comenta la Sentencia de la Audiencia de Madrid que declara que la Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (Autocontrol) no puede desempeñar una función de autorregulación, sea a modo de mediación o de arbitraje o por actuación del Jurado, sino en relación con la p...
| Autor: | |
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Fecha de publicación: | 2005 |
| País: | España |
| Institución: | Universidad Complutense de Madrid (UCM) |
| Repositorio: | Docta Complutense |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:docta.ucm.es:20.500.14352/50091 |
| Acceso en línea: | https://hdl.handle.net/20.500.14352/50091 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Autorregulador Autocontrol Publicidad Autorregulación Comunicación comercial Jurado de la publicidad Código de conducta Deontología publicitaria Derecho mercantil Derecho industrial 6114.01 Publicidad 5605.03 Derecho Mercantil |
| Sumario: | El artículo comenta la Sentencia de la Audiencia de Madrid que declara que la Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (Autocontrol) no puede desempeñar una función de autorregulación, sea a modo de mediación o de arbitraje o por actuación del Jurado, sino en relación con la publicidad difundida por quien es miembro de Autocontrol o por quien acepta expresamente su actuación. La resolución del Jurado de Autocontrol que afecta a quien no es miembro de la Asociación ni aceptó someterse a su actuación es inexistente jurídicamente hablando, además de resultar lesiva para el anunciante reclamado que debe por ello recibir la reparación adecuada. |
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