La falta de motivación de las decisiones episcopales de revocación de la idoneidad de los profesores de religión y su control jurisdiccional

Conforme a la doctrina sentada por el Tribunal Constitucional a partir de su sentencia 38/2007, de 15 de febrero, la libertad de las confesiones religiosas para decidir acerca de la idoneidad de las personas encargadas de impartir su credo no está exenta de control por parte de los órganos jurisdicc...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Caparrós, M. C. (María del Carmen)|||/items/184c24d9-0bbc-4132-9676-2335f8c3e98d
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2016
País:España
Institución:Universidad de Navarra
Repositorio:Dadun. Depósito Académico Digital de la Universidad de Navarra
Idioma:español
OAI Identifier:oai:dadun.unav.edu:10171/56260
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/10171/56260
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Idoneidad eclesiástica
Revocación
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Ecclesiastical Suitability
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spelling La falta de motivación de las decisiones episcopales de revocación de la idoneidad de los profesores de religión y su control jurisdiccionalLack of Motivation in Episcopal Decisions Concerning the Revocation of Suitability for Religion Teachers and Judicial OversightCaparrós, M. C. (María del Carmen)|||/items/184c24d9-0bbc-4132-9676-2335f8c3e98dIdoneidad eclesiásticaRevocaciónMotivaciónControl jurisdiccionalEcclesiastical SuitabilityRevocationMotivationJudicial ReviewConforme a la doctrina sentada por el Tribunal Constitucional a partir de su sentencia 38/2007, de 15 de febrero, la libertad de las confesiones religiosas para decidir acerca de la idoneidad de las personas encargadas de impartir su credo no está exenta de control por parte de los órganos jurisdiccionales del Estado, a fin de comprobar su ajuste a la legalidad y la compatibilidad de los motivos religiosos o morales invocados con los derechos fundamentales del profesor en su relación de trabajo. En este contexto adquiere una relevancia singular el hecho de que la autoridad eclesiástica haya explicitado o no por escrito los criterios de idoneidad que ha dejado de reunir el profesor para dejar de ser propuesto. Sobre todo si tenemos en cuenta que las revocaciones de idoneidad no constituyen decisiones no causales, sino que la autoridad eclesiástica se encuentra sujeta a condicionantes de orden moral o religioso, por lo que la exigencia de motivación puede resultar inherente a ello.Servicio de Publicaciones de la Universidad de NavarraDadun. Depósito Académico Digital Universidad de Navarra20192019-01-1020162016-01-0120162016-01-0120192019-01-10journal articlehttp://purl.org/coar/resource_type/c_6501info:eu-repo/semantics/articleapplication/pdfhttps://hdl.handle.net/10171/56260reponame:Dadun. Depósito Académico Digital de la Universidad de Navarrainstname:Universidad de NavarraEspañolspaopen accesshttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2info:eu-repo/semantics/openAccessoai:dadun.unav.edu:10171/562602026-06-21T12:47:57Z
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