Naturaleza y eficacia de los documentos de instrucciones previas

La Ley 41/2002 ha recogido como principios básicos, tres derechos que consagran jurídicamente la autonomía del paciente: primero, toda actuación sanitaria ha de ir precedida del correspondiente consentimiento informado (art. 2.2); segundo, el paciente tiene derecho a elegir entre varias alternativas...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Fernández Campos, Juan Antonio
Tipo de recurso: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2017
País:España
Institución:Universidad de Sevilla (US)
Repositorio:idUS. Depósito de Investigación de la Universidad de Sevilla
OAI Identifier:oai:idus.us.es:11441/59024
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/11441/59024
https://doi.org/10.12795/IETSCIENTIA.2017.i01.14
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Autonomía del paciente
Documento de instrucciones previas
Testamento vital
Límites de las voluntades anticipadas
Patient’s Autonomy
Document of previous instructions
Vital will
Limits of the anticipated wills
Descripción
Sumario:La Ley 41/2002 ha recogido como principios básicos, tres derechos que consagran jurídicamente la autonomía del paciente: primero, toda actuación sanitaria ha de ir precedida del correspondiente consentimiento informado (art. 2.2); segundo, el paciente tiene derecho a elegir entre varias alternativas terapéuticas (art. 2.3); tercero, el paciente tiene derecho a rechazar tratamientos médicos (art. 2.4). Además, todo profesional sanitario está obligado a respetar las decisiones adoptadas libre y voluntariamente por el paciente (art. 2.6), las cuales se contienen no sólo en los documentos de consentimiento informado, sino también en los documentos de instrucciones previas, que recogen verdaderas declaraciones de voluntad, con la eficacia jurídica que nuestro Derecho reconoce a la autonomía privada. La voluntad del paciente es soberana en relación con su salud e integridad física, con los límites que la propia Ley señala en el art. 9 para el consentimiento informado, y en el art. 11.3 para los documentos de voluntades anticipadas