Mediación, conciliación y sentencias de conformidad

En España, hasta época reciente, únicamente a través del proceso judicial se han podido resolver los conflictos jurídicos. La vía judicial se revela insuficiente para solventar todos los conflictos que se presentan en una sociedad compleja como la nuestra, y se hace necesario acudir a otros mecanism...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Viñarás Giménez, Carmen
Tipo de recurso: tesis doctoral
Fecha de publicación:2017
País:España
Institución:Universidad Complutense de Madrid (UCM)
Repositorio:Docta Complutense
Idioma:español
OAI Identifier:oai:docta.ucm.es:20.500.14352/22277
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/20.500.14352/22277
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:340.12(043.2)
Derecho
Filosofía
Law-Philosophy
Filosofía del Derecho
5602.03 Filosofía del Derecho
Descripción
Sumario:En España, hasta época reciente, únicamente a través del proceso judicial se han podido resolver los conflictos jurídicos. La vía judicial se revela insuficiente para solventar todos los conflictos que se presentan en una sociedad compleja como la nuestra, y se hace necesario acudir a otros mecanismos alternativos al proceso. Estos métodos implican una privatización del proceso de creación y aplicación del derecho competencia exclusiva del estado, rompiendo así con uno de los pilares básicos de la constitución moderna del estado democrático de derecho de tipo occidental, al sustraer del poder del Estado la aplicación de la ley a los casos concretos que le someten los ciudadanos, mediante el encargo de su resolución a individuos o entidades sociales. Las ventajas inherentes a las modalidades de justicia privada (desarrolladas fundamentalmente en el ámbito comercial) y la crisis de eficacia de los sistemas judiciales suscitaron un interés renovado hacia estos métodos extrajudiciales de carácter voluntario de apaciguamiento de los conflictos más consensuales y eficaces. La publicación en España de la Ley 5/2012, de 6 de julio de mediación en asuntos civiles y mercantiles, en cumplimiento de la Directiva 52/2008 y el debate parlamentario que le precedió ha llevado a muchos juristas, que hasta ahora profesaban el agnosticismo en la materia, a comprender que la sociedad de nuestros días necesita una justicia diferente, donde la mediación va a cobrar gran protagonismo...