Reflexiones sobre la acción popular en el proceso penal desde la Jurisprudencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo

El devenir histórico de la acción popular ha ido acompasado a la situación política de España; no podía ser de otra manera, ya que siendo su ejercicio, no tanto una manifestación de la soberanía popular como lo fue en Roma, sino una manifestación de la democracia participativa, de la intervención de...

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Detalhes bibliográficos
Autor: Giménez García, Joaquín
Formato: artículo
Fecha de publicación:2009
País:España
Recursos:Universidad del País Vasco
Repositorio:Addi. Archivo Digital para la Docencia y la Investigación
OAI Identifier:oai:addi.ehu.eus:10810/24988
Acesso em linha:http://hdl.handle.net/10810/24988
Access Level:acceso abierto
Palavra-chave:acción popular
herri-akzioa
action populaire
popular action
derecho español
zuzenbide espainiarra
droit espagnol
spanish law
derecho de configuración legal
konfigurazio legala duen eskubidea
droit de configuration juridique
right of legal configuration
legitimación
legitimazioa
légitimation
legitimation
requisitos
baldintzak
exigences
requirements
Descrição
Resumo:El devenir histórico de la acción popular ha ido acompasado a la situación política de España; no podía ser de otra manera, ya que siendo su ejercicio, no tanto una manifestación de la soberanía popular como lo fue en Roma, sino una manifestación de la democracia participativa, de la intervención del ciudadano en la cosa pública, resulta obvio que su incompatibilidad es clara en los regímenes políticos no democráticos, que no permiten la participación de los ciudadanos en la vida polí- tica, ni por tanto en la Administración de Justicia. Por ello, durante mucho tiempo, la acción popular quedó fosilizada en los textos legales y en los pocos casos en los que se intentó su ejercicio, éste fue imposibilitado por el sistema judicial mediante las exigencias de fi anzas elevadas al actor popular imposibles de prestar. Esta etapa, claramente abolicionista de la acción popular comenzó a resquebra- jarse con la vigencia de la Constitución, y defi nitivamente a dar paso a otra, claramente expansiva, a partir de la vigencia de la LOPJ cuya precisión sobre las fi anzas admisibles fue esencial para modifi car las inercias judiciales.