Ocupación pacífica de bienes inmuebles : artículo 245.2 del Código Penal.

El artículo 245.2 del Código penal castiga la ocupación pacífica de inmuebles, viviendas o edificios que no constituyan morada y el mantenimiento en los mismos contra la voluntad de sus titulares con la pena de multa de tres a seis meses. Se pretende dar protección a los bienes jurídicos de posesión...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Casado Rodríguez, Rodrigo
Tipo de recurso: tesis de maestría
Fecha de publicación:2022
País:España
Institución:Universidad de Alcalá (UAH)
Repositorio:e_Buah Biblioteca Digital Universidad de Alcalá
Idioma:español
OAI Identifier:oai:ebuah.uah.es:10017/53801
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/10017/53801
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Allanamiento de morada.
Delitos contra el patrimonio
Ocupación
Ocupación pacífica
Okupación
Usurpación
Crimes against property
Home invasion
Occupation
Peaceful occupation
Squatting
Usurpation
Derecho
Law
Descripción
Sumario:El artículo 245.2 del Código penal castiga la ocupación pacífica de inmuebles, viviendas o edificios que no constituyan morada y el mantenimiento en los mismos contra la voluntad de sus titulares con la pena de multa de tres a seis meses. Se pretende dar protección a los bienes jurídicos de posesión y derechos de uso sobre el patrimonio inmobiliario. En cuanto a los medios comisivos, se exige que la ocupación se realice en ausencia de violencia o intimidación y, al ser un delito común, podrá ser realizado por cualquier persona, salvo el propietario o titular del derecho real. El sujeto pasivo en este delito podrá ser cualquier persona que tenga faculta de disposición sobre el inmueble. En el tipo objetivo de este delito, la doctrina sostiene que se deben dar los elementos de ánimo de lucro, actuar en concepto de dueño y utilidad obtenida. Se exige también la concurrencia de dolo en el sujeto activo, esto es, que el autor tenga conocimiento de que el bien es ajeno, así como de la ausencia de autorización o de la manifestación de oposición del legítimo titular. Las causas de justificación de legítima defensa, estado de necesidad o cumplimiento de un deber o ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo pueden eliminar la antijuridicidad de los actos, tanto del sujeto activo como del sujeto pasivo en las ocupaciones pacíficas. Veremos qué posibilidades de actuación posee el titular del bien inmueble ocupado para recuperar la posesión de éste a través de procedimientos civiles como la acción de desahucio por precario, el juicio verbal para la efectividad de los derechos reales inscritos y la acción reivindicatoria. Finalmente, expondremos una propuesta de lege ferenda para una nueva redacción del artículo 245 del Código penal, así como otros artículos que afectan a la usurpación de bienes inmuebles.