Nuevas formas de participación de los entes locales: el Consejo de Gobiernos Locales

El principio de autonomía local, recogido en el artículo 137 dela Constitución Española de 1978 (en adelante CE), ha sido definidopor el Tribunal Constitucional como el derecho de la comunidad locala participar, a través de órganos propios, en el gobierno y administra-ción de cuantos asuntos les ata...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Vilalta Reixach, Marc
Tipo de recurso: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2006
País:España
Institución:Varias* (Consorci de Biblioteques Universitáries de Catalunya, Centre de Serveis Científics i Acadèmics de Catalunya)
Repositorio:Recercat. Dipósit de la Recerca de Catalunya
OAI Identifier:oai:recercat.cat:2445/160460
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/2445/160460
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Dret públic
Dret administratiu
Administració local
Public law
Administrative law
Local government
Descripción
Sumario:El principio de autonomía local, recogido en el artículo 137 dela Constitución Española de 1978 (en adelante CE), ha sido definidopor el Tribunal Constitucional como el derecho de la comunidad locala participar, a través de órganos propios, en el gobierno y administra-ción de cuantos asuntos les atañen (STC 32/1981, de 28 de julio, ponen-te: D. Rafael Gómez-Ferrer Morant, FJ 4) [...].