La jurisdicción eclesiástica de la Real Capilla de Madrid (1753-1931)
Desde sus orígenes medievales hasta el Concordato de 1753, la Real Capilla de Palacio de Madrid ha sido una peculiar jurisdicción, a la que se pertenecía por el hecho de ser cortesano o trabajar para el rey. Al frente de la Real Capilla estuvo, desde el siglo XVI, el Pro-capellán de Palacio que tení...
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Fecha de publicación: | 2006 |
| País: | España |
| Institución: | Universidad Nacional de Educación a Distancia |
| Repositorio: | e-spacio. Repositorio Institucional de la UNED |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:e-spacio.uned.es:20.500.14468/12142 |
| Acceso en línea: | https://hdl.handle.net/20.500.14468/12142 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Real Capilla jurisdicción concordato Pro-capellán de Palacio Patriarca de las Indias Occidentales Royal Chapel jurisdiction Concordat Palace Pro-Chaplain Patriarch of the West Indies |
| Sumario: | Desde sus orígenes medievales hasta el Concordato de 1753, la Real Capilla de Palacio de Madrid ha sido una peculiar jurisdicción, a la que se pertenecía por el hecho de ser cortesano o trabajar para el rey. Al frente de la Real Capilla estuvo, desde el siglo XVI, el Pro-capellán de Palacio que tenía el título honorífico de Patriarca de las Indias Occidentales. Desde mitad del siglo XVIII, para evitar pleitos con otras jurisdicciones eclesiásticas, los Papas Benedicto XIV y Pío VI señalaron unos límites territoriales a la Real Capilla que pasó a ser, de hecho, una prelatura vere nullius, integrada por la Parroquia Ministerial de Palacio, la Parroquia de El Pardo y la Parroquia de Aranjuez, aunque, no llegó a ser erigida como tal prelatura. A principios del siglo XIX hubo un intento fallido de convertir la Parroquia palatina en catedral, no obstante, el Concordato de 1851 mantuvo la privilegiada jurisdicción de la Real Capilla que perduró hasta el 1 de abril de 1933. |
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