El concepto de obra audiovisual en el Derecho Español
De entre las formas creativas cuya expresión es digna de tutela por derechos de autor, la complejidad que caracteriza a las obras audiovisuales, tanto en su gestación como en su explotación la diferencia de la mayoría de creaciones artísticas. Una complejidad de la que surgen intereses encontra...
| Autor: | |
|---|---|
| Tipo de recurso: | artículo |
| Fecha de publicación: | 2020 |
| País: | España |
| Institución: | Universidad Complutense de Madrid (UCM) |
| Repositorio: | Docta Complutense |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:docta.ucm.es:20.500.14352/97394 |
| Acceso en línea: | https://hdl.handle.net/20.500.14352/97394 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | 347.788.1 347.77/.78 34 Propiedad intelectual Derechos de autor Obra audiovisual Obra cinematográfica Derecho constitucional Derecho civil Derecho comparado Derecho comunitario (Derecho) 5605.04 Derecho Constitucional 5605.07 Derecho Público 5605.02 Derecho Civil 5605.08 Derecho Privado 5602.02 Derecho Comparado |
| Sumario: | De entre las formas creativas cuya expresión es digna de tutela por derechos de autor, la complejidad que caracteriza a las obras audiovisuales, tanto en su gestación como en su explotación la diferencia de la mayoría de creaciones artísticas. Una complejidad de la que surgen intereses encontrados que hacen recomendable la instauración de un régimen específico que armonice éstos y para cuya aplicación resulta determinante el concepto de obra que se debe sujetar al mismo. La definición dada por el legislador español sobre lo que se ha de entender por “obra audiovisual”, no obstante las repercusiones, no resulta un concepto de sencilla ni pacífica interpretación. En el presente artículo procederemos al análisis detallado de los distintos extremos requeridos por la ley para la conformación de la obra audiovisual como objeto de protección, prestando especial atención a aquéllos cuya interpretación resulta más problemática. |
|---|