Unidad de conducta y resultados múltiples como concurso «real». Observaciones críticas a los fundamentos del Acuerdo de Pleno del Tribunal Supremo de 2015
El ámbito de la concurrencia delictiva presenta numerosos problemas de difícil solución que, en gran medida, se replican en los distintos ordenamientos de nuestro entorno jurídico. La relevancia que pueda tener el resultado material en la determinación del tipo de concurso es, no obstante, una discu...
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Fecha de publicación: | 2023 |
| País: | España |
| Institución: | Universidad Autónoma de Madrid |
| Repositorio: | Biblos-e Archivo. Repositorio Institucional de la UAM |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.uam.es:10486/725580 |
| Acceso en línea: | https://hdl.handle.net/10486/725580 https://dx.doi.org/10.31009/InDret.2023.i3.12 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | concurso ideal homogéneo concurso real resultado material proporcionalidad del castigo determinación de la pena Derecho |
| Sumario: | El ámbito de la concurrencia delictiva presenta numerosos problemas de difícil solución que, en gran medida, se replican en los distintos ordenamientos de nuestro entorno jurídico. La relevancia que pueda tener el resultado material en la determinación del tipo de concurso es, no obstante, una discusión que se da, con particular intensidad, en el contexto español. En ese sentido, el Tribunal Supremo español ha decidido que cuando mediante una conducta se produzcan múltiples resultados lesivos contra la vida o la integridad física se aplicarán las reglas del concurso real, adhiriéndose así a una posición que ya era sostenida por un importante sector de la doctrina. Aquí, luego de relevar esas posiciones y analizar críticamente cada uno de los argumentos que la sostienen, se mantendrá una visión opuesta: de lege lata es una decisión forzada que genera más problemas que soluciones y de lege ferenda es innecesaria |
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