Contrato de auditoría del sistema de prevención de riesgos laborales

[ES] El mandato constitucional sobre seguridad e higiene en el trabajo (art. 40.2 CE) conlleva la necesidad de desarrollar una política de protección de la seguridad y salud de los trabajadores, mediante la prevención de los riesgos derivados de su trabajo. Según las circunstancias determinadas por...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Vaquero Pinto, María José
Tipo de recurso: capítulo de libro
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2024
País:España
Institución:Universidad de Salamanca (USAL)
Repositorio:GREDOS. Repositorio Institucional de la Universidad de Salamanca
OAI Identifier:oai:gredos.usal.es:10366/164999
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/10366/164999
Access Level:acceso embargado
Palabra clave:Seguridad en el trabajo
Prevención de riesgos laborales
Auditoría
56 Ciencias Jurídicas y Derecho
Descripción
Sumario:[ES] El mandato constitucional sobre seguridad e higiene en el trabajo (art. 40.2 CE) conlleva la necesidad de desarrollar una política de protección de la seguridad y salud de los trabajadores, mediante la prevención de los riesgos derivados de su trabajo. Según las circunstancias determinadas por el legislador, es posible que el empresario asuma personalmente el cumplimiento del deber de prevención, que designe a uno o varios trabajadores para que se ocupen de la actividad, que constituya un servicio de prevención o que concierte el servicio con una entidad ajena a la empresa. Cuando el empresario no concierta el servicio de prevención con una entidad especializada ajena a la empresa, debe someter su sistema de prevención a un auditoría o evaluación externa, aunque algunas empresas quedan exoneradas. La actividad de auditoría culmina con el informe que la empresa auditada deberá mantener a disposición de la autoridad laboral competente.