36 GÉNERO Y PUNICIÓN. Presentación
Carmen Guillén Lorente, del Centro de Estudios Europeos de la Universidad de Murcia, con su comunicación “El Patronato de Protección a la mujer: la cárcel moral del franquismo”, nos introduce en el complejo mundo de los organismos de control-represión femenina de la época franquista no abierta o for...
| Autores: | , |
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| Tipo de recurso: | capítulo de libro |
| Fecha de publicación: | 2020 |
| País: | España |
| Institución: | Universidad de Castilla-La Mancha |
| Repositorio: | RUIdeRA. Repositorio Institucional de la UCLM |
| OAI Identifier: | oai:ruidera.uclm.es:10578/25274 |
| Acceso en línea: | http://doi.org/10.18239/jornadas_2020.25.57 http://hdl.handle.net/10578/25274 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Patronato de protección a la mujer Franquismo mujeres y represión |
| Sumario: | Carmen Guillén Lorente, del Centro de Estudios Europeos de la Universidad de Murcia, con su comunicación “El Patronato de Protección a la mujer: la cárcel moral del franquismo”, nos introduce en el complejo mundo de los organismos de control-represión femenina de la época franquista no abierta o formalmente penitenciarios, como fue el caso del Patronato de Protección a la Mujer creado en 1941. La comunicación se ocupa tanto de su estructura organizativa como de su evolución cronológica, que se prolongó hasta bien entrada la etapa democrática (1985), iluminando así esa “línea de sombra” o nebuloso territorio de instituciones centradas en la vigilancia, la corrección y moralización femenina, y que podía abarcar tanto cárceles puras y duras del Servicio Nacional de Prisiones como colegios, reformatorios, albergues o refugios dependientes de dicho Patronato. La descripción de la red del Patronato de Protección a la Mujer a través de juntas provinciales y locales, con toda su diversidad de centros de internamiento total o parcial –locales de reeducación, casas de familia, hogares-taller o centros maternales– gestionados por diversas órdenes religiosas como las Oblatas, Adoratrices e Hijas del Buen Pastor resulta especialmente interesante, toda vez que estas mismas órdenes desempeñaron asimismo funciones de administración y vigilancia en establecimientos penitenciarios propiamente dichos. Lo que cambiaba eran las “acogidas”, todas ellas menores de edad –mayores de 16 y menores de 23 años1– detenidas por la policía o entregadas por sus familias, que eran sometidas a procesos de observación y clasificación con vistas a su posterior destino en los diversos centros, con reclusiones que podían alcanzar los dos años sin que hubiera sentencia judicial alguna de por medio. |
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