Evaluación del paisaje de la Comunidad de Madrid: de la protección a la gestión territorial

La Comunidad de Madrid ha estimado de interés contar con una caracterización, diagnóstico y evaluación de la calidad del paisaje que permita el establecimiento de criterios de protección y ordenación del territorio, conforme a lo establecido por la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunid...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Mata Olmo, Rafael, Galiana Martín, Luis Manuel, Allende Álvarez, Fernando, Fernández, Santiago, Lacasta, Pilar, López Estébanez, María Nieves, Molina, Pedro, Sanz, Concepción
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2009
País:España
Institución:Universidad Autónoma de Madrid
Repositorio:Biblos-e Archivo. Repositorio Institucional de la UAM
Idioma:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uam.es:10486/677760
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/10486/677760
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Paisaje
Evaluación paisajística
Caracterización del paisaje
Convenio Europeo del Paisaje
Patrimonio territorial
Comunidad de Madrid
Geografía
Descripción
Sumario:La Comunidad de Madrid ha estimado de interés contar con una caracterización, diagnóstico y evaluación de la calidad del paisaje que permita el establecimiento de criterios de protección y ordenación del territorio, conforme a lo establecido por la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid. Como resultado del estudio llevado a cabo, se dispone de una caracterización del patrimonio paisajístico de la Comunidad a escala 1:25.000, de un diagnóstico sintético de las tendencias del paisaje por grandes conjuntos paisajísticos, y de una primera valoración de cada paisaje, que puede constituir, junto a otras variables, un criterio operativo de ordenación territorial, concretamente para la definición de suelos no urbanizables de protección por su interés paisajístico. En el artículo se incide en los aspectos metodológicos de la tipología y caracterización del paisaje madrileño a una escala pertinente para la gestión del territorio y, sobre todo, en los criterios y resultados de valoración, y en su traslación a una propuesta de regulación de usos, de acuerdo con los valores y el estado del paisaje, y con los requerimientos de la legislación urbanística de la Comunidad