El desplazamiento de la prohibición de concurrencia de convenios colectivos estatutarios por la distribución de materias en los diferentes ámbitos de la negociación

Tras las sucesivas reformas laborales acaecidas desde la promulgación del Estatuto de los Trabajadores en 1980, la rígida prohibición de concurrencia establecida en su original artículo 84, según la cual un convenio colectivo no podía ser alterado durante su vigencia por otro posterior de ámbito dis...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Ferreiro Regueiro, Consuelo
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2023
País:España
Institución:Universidad de Santiago de Compostela (USC)
Repositorio:Minerva. Repositorio Institucional de la Universidad de Santiago de Compostela
Idioma:español
OAI Identifier:oai:minerva.usc.gal:10347/42999
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/10347/42999
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Convenio colectivo
Prohibición de concurrencia
Negociación colectiva
Distribución de materias objeto de negociación
Investigación
Descripción
Sumario:Tras las sucesivas reformas laborales acaecidas desde la promulgación del Estatuto de los Trabajadores en 1980, la rígida prohibición de concurrencia establecida en su original artículo 84, según la cual un convenio colectivo no podía ser alterado durante su vigencia por otro posterior de ámbito distinto, excepto pacto en contrario, ha pasado a ser una técnica de distribución de las materias objeto de negociación entre los diferentes ámbitos de negociación. Ello ha ocurrido gracias a la preferencia de aplicación de los convenios colectivos de empresa y de grupos y redes de empresa, así como a la descentralización de la estructura de la negociación colectiva en pro, preferentemente, de los convenios colectivos de sector autonómico.