Territorios resilientes: mancomunales y concejos en el sur del Duero durante la Edad Media

Los estudios sobre el sur del Duero medieval han subrayado la importancia de los espacios comunales bajo control concejil. Se considera que su origen procede de la abundancia de baldíos en un territorio escasamente poblado y del interés ganadero de las elites de las villas. Sin embargo, la revisión...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Martín Viso, Iñaki
Tipo de recurso: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2020
País:España
Institución:Universidad de Salamanca (USAL)
Repositorio:GREDOS. Repositorio Institucional de la Universidad de Salamanca
OAI Identifier:oai:gredos.usal.es:10366/157370
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/10366/157370
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Bienes comunales
Concejos
Territorios
Ganadería
Aldeas
Sur del Duero
Edad Media
History, Medieval
5504.03 Historia Medieval
historia medieval
Descripción
Sumario:Los estudios sobre el sur del Duero medieval han subrayado la importancia de los espacios comunales bajo control concejil. Se considera que su origen procede de la abundancia de baldíos en un territorio escasamente poblado y del interés ganadero de las elites de las villas. Sin embargo, la revisión de los datos existentes, tanto escritos como palinológicos, revela que se trataba de paisajes que ya estaban en uso antes del siglo XII, cuando se produjo la integración política en los reinos cristianos. La construcción del poder concejil se llevó a cabo mediante la afirmación de su función como garante de estas áreas. Se mantuvo así un modelo de usos que combinaba la propiedad concejil y el aprovechamiento por parte de los habitantes de las aldeas vecinas en el marco de unos territorios supralocales que mostraron una acusada resiliencia. Por tanto, la relevancia de los espacios comunales no provenía de una iniciativa sobre áreas baldías sino de la adecuación a una realidad preexistente, aunque a partir del siglo XII se produjeron cambios provocados por la redefinición y “politización” de tales áreas de uso mancomunal.