La jurisprudencia bioética del Tribunal Europeo de Derechos Humanos: aborto, reproducción y eutanasia
[spa] Los derechos al aborto, a la reproducción asistida y a la eutanasia han sido reclamados ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos a lo largo de las últimas décadas. Las respuestas que el TEDH ha dado a estas reclamaciones permiten identificar una doctrina jurisprudencial sobre tales derecho...
| Autor: | |
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| Tipo de recurso: | tesis doctoral |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2022 |
| País: | España |
| Institución: | Universidad de Barcelona |
| Repositorio: | Dipòsit Digital de la UB |
| OAI Identifier: | oai:diposit.ub.edu:2445/190535 |
| Acceso en línea: | https://hdl.handle.net/2445/190535 http://hdl.handle.net/10803/675923 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Bioètica Avortament Eutanàsia Gestació subrogada Tribunal Europeu de Drets de l'Home Bioethics Abortion Euthanasia Surrogate motherhood |
| Sumario: | [spa] Los derechos al aborto, a la reproducción asistida y a la eutanasia han sido reclamados ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos a lo largo de las últimas décadas. Las respuestas que el TEDH ha dado a estas reclamaciones permiten identificar una doctrina jurisprudencial sobre tales derechos, y ello a pesar de que no aparezcan ni en la letra del Convenio Europeo de Derechos Humanos ni en la del Convenio de Oviedo, ni en sus protocolos adicionales. El TEDH ha tenido que mediar entre las demandas de reconocimiento y garantía de estos nuevos derechos bioéticos, formuladas por los particulares, y la reclamación de respeto a la soberanía estatal en su regulación, alegada por los Gobiernos. Su respuesta ha sido la elaboración de una doctrina preferentemente procedimental que otorga un amplio margen de apreciación a los Estados, a la hora de reconocer los nuevos derechos, al mismo tiempo que les exige la garantía efectiva de aquellos derechos que hayan sido establecidos por el ordenamiento estatal. La jurisprudencia del TEDH sobre el derecho al aborto y el derecho a la eutanasia presenta problemas de incoherencia, como consecuencia del paradigma adoptado, desde el que exige cumplir con obligaciones procedimentales a las que no corresponde un derecho sustantivo, o solo de una manera teórica, pero inefectiva. Por su parte, la jurisprudencia sobre reproducción asistida sí reconoce alguna obligación sustantiva, en relación con el reconocimiento de la filiación biológica derivada de una gestación subrogada, pero sin dejar de plantear también problemas de incoherencia. Esta inconsistencia doctrinal es un resultado poco satisfactorio desde un punto de vista teórico, pero comprensible desde una aproximación pragmática que pretende avanzar en el reconocimiento y la garantía de los nuevos derechos en colaboración con los Estados, pues hacerlo en su contra resultaría finalmente contraproducente. El TEDH ha asumido de manera consciente que esta aproximación es la manera más realista y eficaz de proteger los nuevos derechos bioéticos. Este trabajo pretende mostrar los aciertos y los errores del TEDH en la construcción de su jurisprudencia bioética, así como proponer soluciones a algunos de los problemas de incoherencia que presenta. |
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