Una relectura de la Facultad del "veto presupuestario" del gobierno a la luz de las sentencias 34 y 44/2018 del Tribunal Constitucional
La facultad que el artículo 134.6 de la Constitución, conocida como veto presupuestario, se configura como una potestad del Gobierno que, en el marco del sistema de parlamentarismo racionalizado, permite al Ejecutivo preservar la vigencia e intangibilidad del presupuesto mientras dura su vigencia. E...
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| Tipo de recurso: | capítulo de libro |
| Fecha de publicación: | 2019 |
| País: | España |
| Institución: | Universidad Católica de Valencia San Vicente Mártir |
| Repositorio: | RIUCV. Repositorio de la Universidad Católica de Valencia San Vicente Mártir |
| Idioma: | español |
| OAI Identifier: | oai:riucv.ucv.es:20.500.12466/4828 |
| Acceso en línea: | http://hdl.handle.net/20.500.12466/4828 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Veto presupuestario Gobierno Sentencias Tribunal Constitucional 5605.04 Derecho Constitucional |
| Sumario: | La facultad que el artículo 134.6 de la Constitución, conocida como veto presupuestario, se configura como una potestad del Gobierno que, en el marco del sistema de parlamentarismo racionalizado, permite al Ejecutivo preservar la vigencia e intangibilidad del presupuesto mientras dura su vigencia. Esta facultad, recogida en la Constitución y en la totalidad de los reglamentos parlamentarios de las asambleas autonómicas, así como en los Reglamentos del Congreso de los Diputados y del Senado, ha sido definida por el Tribunal Constitucional en términos favorables al Gobierno. El Ejecutivo goza de un amplio margen de libertad para interponer el veto y con ello, impedir la tramitación parlamentaria de iniciativas que alteren el presupuesto vigente. |
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