Validez del diagnóstico previo a la negociación del plan de igualdad tras la reforma por el RD-ley 6/2019

Es válido el diagnóstico previo a la negociación del plan de igualdad cuando se realizó con anterioridad a la reforma operada por RD-ley 6/2019, por el que se modifica el art. 46.2 de la LO 3/2007, cuya entrada en vigor no exige retroacción de la fase de diagnóstico ni tampoco la invalida, salvo que...

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Detalhes bibliográficos
Autor: Rivas Vallejo, Ma. Pilar
Formato: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2020
País:España
Recursos:Universidad de Barcelona
Repositorio:Dipòsit Digital de la UB
OAI Identifier:oai:diposit.ub.edu:2445/161259
Acesso em linha:https://hdl.handle.net/2445/161259
Access Level:acceso abierto
Palavra-chave:Igualtat de gènere
Discriminació sexual en el treball
Gender equality
Sex discrimination in employment
Descrição
Resumo:Es válido el diagnóstico previo a la negociación del plan de igualdad cuando se realizó con anterioridad a la reforma operada por RD-ley 6/2019, por el que se modifica el art. 46.2 de la LO 3/2007, cuya entrada en vigor no exige retroacción de la fase de diagnóstico ni tampoco la invalida, salvo que tampoco se ajustara a la legalidad vigente en el momento de su realización, conforme al principio tempus regitactum.