Autorregulación y establecimiento de estándares en los contratos internacionales
Dos son las premisas sobre las que se asienta este trabajo cuyo objetivo es determinar el margen de acción que ofrecen los contratos internacionales para la armonización internacional de los estándares internacionales. En primer lugar, la exigencia de que los productos y/o servicios, como objetos de...
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| Tipo de documento: | artigo |
| Data de publicação: | 2008 |
| País: | España |
| Recursos: | Universidad Complutense de Madrid (UCM) |
| Repositório: | Docta Complutense |
| Idioma: | espanhol |
| OAI Identifier: | oai:docta.ucm.es:20.500.14352/50364 |
| Acesso em linha: | https://hdl.handle.net/20.500.14352/50364 |
| Access Level: | Acceso aberto |
| Palavra-chave: | Estándares Autorregulación Autoejecución Códigos de conducta Responsabilidad extracontractual Contratos internacionales Responsabilidad social corporativa Derecho internacional privado Derecho internacional público Derecho mercantil 5603 Derecho Internacional 5605.03 Derecho Mercantil |
| Resumo: | Dos son las premisas sobre las que se asienta este trabajo cuyo objetivo es determinar el margen de acción que ofrecen los contratos internacionales para la armonización internacional de los estándares internacionales. En primer lugar, la exigencia de que los productos y/o servicios, como objetos del comercio internacional, cumplan con una serie de requisitos –ya sean estos relativos a sus características o a los modos en los que se producen o se prestan – para poder ser importados y/o exportados. Esta circunstancia explica que los operadores del tráfico comercial transfronterizos persigan –junto a (y sin perjuicio de) las iniciativas de los Estados y de la sociedad civil– la armonización internacional de los estándares. En segundo lugar, el papel protagonista que tienen los contratos en el establecimiento de obligaciones entre los sujetos de Derecho privado. Tras considerar las iniciativas existentes para la armonización internacional de los estándares y una vez destacadas sus debilidades, se analizan las posibilidades que ofrecen los contratos internacionales no sólo en lo que concierne a las relaciones entre los contratantes –ya sea a través de compromisos expresos o a través de la interpretación judicial o arbitral de los conceptos jurídicos indeterminados que existan en su texto–, sino incluso respecto de terceros interesados. De este análisis se infiere que el margen de acción que ofrecen los contratos para la estandarización internacional no debe menospreciable. |
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