Imperatividad de la norma de conflicto y prueba del derecho extranjero en los reglamentos sobre ley aplicable a las situaciones privadas internacionales

Habida cuenta de las características que revisten los reglamentos europeos, así como de los objetivos que persiguen, la aplicación de las normas de conflicto que contienen ha de considerarse imperativa, también en los Estados miembros cuyo DIPr (de iure o de facto) acoge un sistema conflictual facul...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Orejudo Prieto De Los Mozos, Patricia
Tipo de recurso: capítulo de libro
Fecha de publicación:2011
País:España
Institución:Universidad Complutense de Madrid (UCM)
Repositorio:Docta Complutense
Idioma:español
OAI Identifier:oai:docta.ucm.es:20.500.14352/24.3
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/20.500.14352/24.3
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:341.9
Derecho procesal civil internacional
Imperatividad normas de conflicto
Reglamentos sobre ley aplicable
Aplicación Derecho extranjero
Derecho internacional privado
5603 Derecho Internacional
Descripción
Sumario:Habida cuenta de las características que revisten los reglamentos europeos, así como de los objetivos que persiguen, la aplicación de las normas de conflicto que contienen ha de considerarse imperativa, también en los Estados miembros cuyo DIPr (de iure o de facto) acoge un sistema conflictual facultativo. En consecuencia, la aplicación del Derecho extranjero reclamado por las normas de conflicto institucionales ha de realizarse de oficio por las autoridades de los Estados miembros, aunque tal posibilidad no esté prevista en el Derecho procesal interno del foro.