"Praelatos convenit in ecclesiis suis residere". Conviene que los prelados residan en sus iglesias
Una de las varias recomendaciones que el Concilio de Trento dictó para los obispos fue la obligación de que residieran en las diócesis que les habían sido encomendadas, frente al absentismo generalizado de épocas pasadas: “Conviene que los prelados residan en sus iglesias”. Otra y no menos important...
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 2022 |
| País: | España |
| Institución: | Universidad de Burgos (UBU) |
| Repositorio: | Repositorio Institucional de la Universidad de Burgos (RIUBU) |
| OAI Identifier: | oai:riubu.ubu.es:10259/7362 |
| Acceso en línea: | http://hdl.handle.net/10259/7362 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Concilio de Trento Catedrales Obispos Capillas funerarias España Barroco Council of Trento Cathedrals Bishops Funerary chapels Spain Baroque Arte Patrimonio cultural Art Cultural property |
| Sumario: | Una de las varias recomendaciones que el Concilio de Trento dictó para los obispos fue la obligación de que residieran en las diócesis que les habían sido encomendadas, frente al absentismo generalizado de épocas pasadas: “Conviene que los prelados residan en sus iglesias”. Otra y no menos importante: “No enriquezcan a sus parientes ni familiares con los bienes eclesiásticos”. Esto llevó consigo muchas consecuencias positivas para las catedrales ya que los prelados dedicaron mucho de su patrimonio a las obras de mejora del templo o a emprender otras obras de difícil financiación, así como también a la construcción de fastuosas capillas funerarias para su descanso eterno. En el presente artículo se exponen unas líneas generales de actuación, así como los más importantes ejemplos de ello. Igualmente se analizan las principales devociones a las que se elevaron dichas capillas, muy acordes con las que se impusieron en la Contrarreforma española. |
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