Derecho penal y constitución
El trabajo trata de esclarecer algunas vinculaciones entre la Constitución y el Derecho penal. Tras analizar los rasgos característicos de las reformas penales en el período de transición política hasta la Constitución, en las que priman las notas de dispersión y de sujeción a la coyuntura política,...
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| Tipo de recurso: | artículo |
| Estado: | Versión publicada |
| Fecha de publicación: | 1980 |
| País: | España |
| Institución: | Varias* (Consorci de Biblioteques Universitáries de Catalunya, Centre de Serveis Científics i Acadèmics de Catalunya) |
| Repositorio: | Recercat. Dipósit de la Recerca de Catalunya |
| OAI Identifier: | oai:recercat.cat:2445/23710 |
| Acceso en línea: | https://hdl.handle.net/2445/23710 |
| Access Level: | acceso abierto |
| Palabra clave: | Dret penal Espanya. Constitución, 1978 Criminal law |
| Sumario: | El trabajo trata de esclarecer algunas vinculaciones entre la Constitución y el Derecho penal. Tras analizar los rasgos característicos de las reformas penales en el período de transición política hasta la Constitución, en las que priman las notas de dispersión y de sujeción a la coyuntura política, estudia las funciones derivadas de la Constitución en el ámbito penal (en el campo práctico, en el de la política penal y en el doctrinal) y las del Derecho penal (protección de bienes jurídicos, inhibición de conductas, resolución de conflictos sociales, referencia al control social) y analiza en concreto algunos problemas que presenta la ponderación entre ciertas normas penales ordinarias y otras normas constitucionales explicitas o implícitas en materia de ley penal (el principio de legalidad y la admisión de la analogía in bonam partem), en la teoría del delito (afectación de bienes jurídicos, principio de culpabilidad) y en la teoría de la pena (límites de la pena, prevención especial, prevención general, función psicológico-satisfactiva y resolución de conflictos). Finalmente, se destaca la posibilidad de una dogmática progresiva en base a la Constitución y la importancia de las declaraciones fundamentales de los dos primeros párrafos del artículo 1 de la misma. |
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