Las lagunas punitivas del delito de financiación ilegal de partidos políticos: especial referencia a las condonaciones de deuda por la entidades de crédito

Los partidos políticos españoles presentan una gran dependencia con respecto a las entidades de crédito con los consiguientes riesgos que ello comporta, en términos de injerencia en la conformación de la voluntad política. La ausencia de límite alguno en cuanto al endeudamiento bancario sigue repres...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Pérez Rivas, Natalia
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2020
País:España
Institución:Universidad de Santiago de Compostela (USC)
Repositorio:Minerva. Repositorio Institucional de la Universidad de Santiago de Compostela
Idioma:español
OAI Identifier:oai:minerva.usc.gal:10347/33597
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/10347/33597
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:560505 Derecho penal
Descripción
Sumario:Los partidos políticos españoles presentan una gran dependencia con respecto a las entidades de crédito con los consiguientes riesgos que ello comporta, en términos de injerencia en la conformación de la voluntad política. La ausencia de límite alguno en cuanto al endeudamiento bancario sigue representando el principal problema en el ámbito de la financiación de los partidos políticos. En el 2015 se procedió a reforma la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos a efectos de prohibir a los bancos efectuar condonaciones totales o parciales de deuda a los partidos políticos (art. 4.4). Por el contrario, ninguna previsión se contiene, a este respecto, en la regulación del delito de financiación ilegal de partidos políticos (art. 304 bis del Código Penal) pese a la conceptuación, de estas condonaciones, como donaciones encubiertas. De ello parece inferirse que, para el legislador, es preferible la dependencia de los partidos políticos respecto de los bancos sobre otros grupos económicos y de poder.