El modelo español de despido colectivo. Entre adecuación al Derecho de la UE y respuesta a la realidad socioeconómica

En el trabajo se abordan determinadas cuestiones relacionadas con los desajustes derivados de la diferente redacción de la Directiva 98/59/CE en materia de despidos colectivos y su normativa de trasposición en el Derecho español, el art. 51 del Estatuto de los Trabajadores (ET) En este sentido, son...

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Detalles Bibliográficos
Autores: De Castro Marín, Emilio, Sánchez-Urán Azaña, María Yolanda
Tipo de recurso: artículo
Fecha de publicación:2024
País:España
Institución:Universidad Complutense de Madrid (UCM)
Repositorio:Docta Complutense
Idioma:español
OAI Identifier:oai:docta.ucm.es:20.500.14352/113483
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/20.500.14352/113483
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:349.227
Despido colectivo
Directiva 98/59/CE
Concepto de despido colectivo
Cómputo
Unidad de referencia
Derechos de información y consulta
Derecho
56 Ciencias Jurídicas y Derecho
Descripción
Sumario:En el trabajo se abordan determinadas cuestiones relacionadas con los desajustes derivados de la diferente redacción de la Directiva 98/59/CE en materia de despidos colectivos y su normativa de trasposición en el Derecho español, el art. 51 del Estatuto de los Trabajadores (ET) En este sentido, son cuatro los aspectos sobre los que el TJUE ha tenido necesidad de intervenir (siempre como consecuencia del planteamiento de cuestiones prejudiciales desde los órganos judiciales internos), con la necesidad de la posterior interpretación conforme en nuestros tribunales internos: el propio concepto del despido colectivo, distinto en la Directiva y en el ET; la unidad de referencia a los efectos del cómputo de los despidos colectivos; el modo de cómputo del período de referencia de los 90 días para entender que nos encontramos o no ante un despido colectivo; la problemática en relación con el nacimiento de los derechos de información y consulta. El trabajo finaliza con propuestas de reforma a la vista de la inadecuación del precepto del art. 51 ET a la Directiva en numerosos aspectos.