Las prestaciones patrimoniales de carácter público no tributarias

El Tribunal Constitucional ha enjuiciado, en su Sentencia núm. 63/2019, de 9 de mayo, a las prestaciones patrimoniales de carácter público no tributarias, introducidas en la disposición adicional primera de la Ley General Tributaria (LGT) por la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público (LCSP). Es...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Iglesias Caridad, Marcos
Tipo de recurso: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2019
País:España
Institución:Universidad de Salamanca (USAL)
Repositorio:GREDOS. Repositorio Institucional de la Universidad de Salamanca
OAI Identifier:oai:gredos.usal.es:10366/161335
Acceso en línea:http://hdl.handle.net/10366/161335
Access Level:acceso embargado
Palabra clave:Prestaciones patrimoniales de carácter público no tributarias
Tasas
Precios públicos
Precios privados
5605.06 Derecho Fiscal
5301.01 Política Fiscal y Deuda Pública
Descripción
Sumario:El Tribunal Constitucional ha enjuiciado, en su Sentencia núm. 63/2019, de 9 de mayo, a las prestaciones patrimoniales de carácter público no tributarias, introducidas en la disposición adicional primera de la Ley General Tributaria (LGT) por la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público (LCSP). Esta ley eliminó la referencia que se hacía en la originaria disposición adicional primera de la LGT a las exacciones parafiscales, para dar un paso a un nuevo concepto, el de las "prestaciones patrimoniales de carácter público no tributarias". En este trabajo reflexionamos sobre su escueto régimen jurídico, considerando que debe reforzarse en aras a ganar seguridad jurídica. También no detenemos sobre los argumentos jurídicos de la Sentencia, profundizando en la acción de los principios de legalidad, de equivalencia de costes y de capacidad económica en tales prestaciones, desde una visión crítica, donde resulta inevitable compararlas con las tasas, dada su gran conexión. Analizamos si las prestaciones patrimoniales públicas no tributarias pueden ser consideradas como precios públicos.