El Control jurisdiccional de la legalidad

El trabajo trata del principio de legalidad y de las condiciones que, en opinión del autor, tendrían que concurrir para que dicho principio se controle, eficazmente, por los tribunales de justicia o, más específicamente, por el de lo Contencioso-Administrativo de Guatemala. El tema se aborda haciend...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Mayora Alvarado, Eduardo
Tipo de recurso: tesis doctoral
Fecha de publicación:2005
País:España
Institución:Universitat Autònoma de Barcelona
Repositorio:Dipòsit Digital de Documents de la UAB
Idioma:español
OAI Identifier:oai:ddd.uab.cat:38182
Acceso en línea:https://ddd.uab.cat/record/38182
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Principi de legalitat
Descripción
Sumario:El trabajo trata del principio de legalidad y de las condiciones que, en opinión del autor, tendrían que concurrir para que dicho principio se controle, eficazmente, por los tribunales de justicia o, más específicamente, por el de lo Contencioso-Administrativo de Guatemala. El tema se aborda haciendo primero una introducción que trata de los aspectos de la realidad del control jurisdiccional en Guatemala y cómo ésta contrasta con los principios consagrados en su Constitución, en las Leyes y el discurso oficial. Plantea ciertas cuestiones de índole filosófico relativas al ideal del imperio del derecho y precisa el objetivo de la investigación. A continuación se hace una breve referencia a los antecedentes históricos, previos a al Revolución Francesa, relacionados con el ideal del imperio del derecho, y se describe la problemática que supuso la aplicación tajante de la teoría de la separación de los poderes del Estado en Francia. Enseguida se pasa a un recorrido histórico por las constituciones de Guatemala, partiendo de la de Cádiz, específicamente en lo concerniente a la forma en que se ha regulado el principio de legalidad, tratándose también, después, de las Leyes que han regido la materia de lo Contencioso-Administrativo. Desde esa perspectiva se discuten varias sentencias dictadas por el Tribunal Constitucional o Corte de Constitucionalidad de Guatemala, así como por su Corte Suprema de Justicia respecto de las cuales el autor analiza y critica determinados enfoques que, a juicio suyo, constituyen evidencia de una mentalidad formalista o tímida, en cuanto a la tutela efectiva de los derechos de los administrados por parte de los Tribunales que las dictaron. La segunda parte del trabajo consta del análisis sintético de los sistemas francés, español, inglés y estadounidense de control de la legalidad de las actuaciones de la Administración, todo ello, desde la perspectiva de las características más importantes que podrían asociarse o relacionarse directamente con la eficacia o materialidad con la que se lleva a cabo dicho control de legalidad en esos países. Del sistema francés se destaca su evolución jurisprudencial; del español, la forma en que tanto la doctrina científica como la jurisprudencial potenciaron las Leyes que se han dictado (sobre todo a partir de la de 1956) y del inglés y estadounidense se destacan las técnicas que se han desarrollado para encarar el fondo de los asuntos de que conocen los Tribunales en esta materia. De ese recorrido se hace una recapitulación que procura recoger, más concentradamente, los diversos puntos específicos que apuntan a que tanto la jurisprudencia desarrollada por los órganos de contralor en todos esos sistemas, como también la doctrina científica, han supuesto, más que la letra de la Ley, la realización efectiva del control de la legalidad de la actuación administrativa. A partir de esa constatación, en una tercera parte y final, se trata de los aspectos que inciden en la inexistencia de una tradición jurisprudencial y de una doctrina científica sobre el control jurisdiccional de la legalidad en Guatemala, así como también se hacen algunas propuestas relacionadas tanto con esos dos puntos, como también con las reformas que sería necesario realizar a nivel constitucional y además legislativo, para remover las causas principales de una actitud o mentalidad formalista que el autor considera consecuencia directa de las deficiencias o problemas estructurales del sistema contencioso-administrativo y, en general, de la administración de justicia de Guatemala. Las conclusiones recogen una síntesis del estudio realizado.