La caución por el daño temido de la Ley 351.2 del Fuero Nuevo

La ley 351.2 del Fuero Nuevo está ubicada en el Capítulo relativo a los principios generales relativos a la propiedad y la posesión de las cosas (Libro III, Tit. I, Cap. I), con lo que al igual que, en los ordenamientos actuales que recogen la caución, el punto de vista del que parte este remedio es...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Hualde Manso, Teresa
Tipo de recurso: artículo
Estado:Versión publicada
Fecha de publicación:2004
País:España
Institución:Universidad Pública de Navarra
Repositorio:Academica-e. Repositorio Institucional de la Universidad Pública de Navarra
OAI Identifier:oai:academica-e.unavarra.es:2454/27061
Acceso en línea:https://hdl.handle.net/2454/27061
Access Level:acceso abierto
Palabra clave:Caución
Daño temido
Derecho civil navarro
Descripción
Sumario:La ley 351.2 del Fuero Nuevo está ubicada en el Capítulo relativo a los principios generales relativos a la propiedad y la posesión de las cosas (Libro III, Tit. I, Cap. I), con lo que al igual que, en los ordenamientos actuales que recogen la caución, el punto de vista del que parte este remedio es el de los problemas efectivos que acarrea la posesión efectiva de los inmuebles en lo que se refiere a la vecindad de los mismos.